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Cómo obtener un permiso de trabajo si entraste a EE. UU. con ‘parole’ humanitario

Por Jonnathan Pulla | 30 de abril, 2024


Nos preguntaron a través del WhatsApp de Factchequeado (+1 (646) 873 60 87) cómo una persona que ingresó a los Estados Unidos a través del “Proceso para Cubanos, Haitianos, Nicaragüenses y Venezolanos” (mejor conocido como el parole humanitario) puede obtener un permiso de trabajo.


En Factchequeado te explicamos en esta nota que el parole es un permiso de entrada y permanencia temporal en Estados Unidos para “nacionales de Cuba, Haití, Nicaragua y Venezuela, y sus familiares inmediatos” otorgado por el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) y fue anunciado el 5 de enero de 2023.


Raed Gonzales, abogado de inmigración de la firma Gonzalez Olivieri LLC basada en Houston, Texas, explicó a Factchequeado, que las personas que entran con parole son elegibles para solicitar el permiso de trabajo, o Documento de Autorización de Empleo (EAD, por sus siglas en inglés). La persona es elegible si el parole continua vigente o si ha solicitado asilo y dicha solicitud lleva pendiente al menos 150 días, según el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, en inglés).


Si tienes parole y buscas solicitar un permiso de trabajo o EAD, debes seguir los siguientes pasos:







Debes llenar el formulario de Solicitud de Autorización de Empleo I-765 


Debes llenar el formulario en inglés Solicitud de Autorización de Empleo I-765 del USCIS y hay 2 formas de enviarlo: por correo postal o en línea. Puedes hacer click aquí para leer los detalles en español sobre el formulario I-765.


Si decides enviar tu formulario por correo postal, debes mandarlo acompañado por el comprobante de que el parole fue aprobado, y la tarifa de presentación. Los documentos que sirven como comprobante del parole incluyen una copia de tu Formulario I-94 (Registro de entrada o salida para extranjeros) o tu pasaporte, u otro documento de viaje. La representación de un abogado no es obligatoria.


Ojo: a partir del 3 de junio de 2024, el USCIS sólo aceptará la edición de formularios I-765 con fecha de 04/01/24. Puedes encontrar la fecha o edición del formulario en la parte inferior izquierda de los documentos. Mientras tanto puedes utilizar la edición con fecha 10/31/22. Puedes descargar la última edición del formulario en este enlace y leer las instrucciones en inglés haciendo click aquí.  


En el formulario te van a pedir la categoría de elegibilidad a la que perteneces. Para los beneficiarios del parole es la (c) (11), pero esta puede haber cambiado si iniciaste algún proceso de inmigración. Puedes ver la lista completa de categorías de elegibilidad en este enlace. 


Para presentar el formulario por correo postal, debes enviarlo a la dirección segura (Lockbox) del USCIS designada para el estado donde vives, que puedes encontrar en este enlace.


Para presentar el formulario I-765 en línea, primero debes crear una cuenta de USCIS. Es necesario que tengas una dirección de correo electrónico para crear la cuenta y recibir las notificaciones del USCIS. Allí podrás llenar el formulario, firmarlo, y hacer los pagos correspondientes completamente en línea. Puedes hacer click aquí, para ver las instrucciones completas en español de cómo crear una cuenta USCIS.


Las ventajas de crear una cuenta de USCIS es que puedes recibir alertas, saber el estado de tu caso de inmigración, y revisar el papeleo que tú, tu abogado o tu representante enviaron.


Para verificar si un abogado u organización que consultas, está autorizado por el Departamento de Justicia para darte asesoramiento legal sobre asuntos de inmigración, puedes hacer click aquí y aquí. También puedes consultar esta lista de la Asociación Americana de Abogados de Inmigración para encontrar un abogado especializado en temas de inmigracion donde vives y verificar las credenciales de un abogado en la página del American Bar Association del estado al que pertenece.




Pagar la tarifa de presentación del formulario


Según el USCIS, la tarifa por enviar un formulario impreso es de $520 y $470 si se hace en línea. Las maneras de pago aceptadas por el USCIS son: giro postal (conocido como money order), cheque personal, cheque de caja, tarjeta de crédito o débito llenando el Formulario G-1450 Autorización de Transacciones con Tarjetas de Crédito. Los cheques deben hacerse a nombre del U.S. Department of Homeland Security.


Recuerda que el pago enviado no es reembolsable, independientemente de la decisión de USCIS sobre tu caso, o si tú decides retirar la solicitud. 


Después de que aprueben tu formulario, tu permiso de trabajo será producido entre 1 y 2 semanas y enviado a través del servicio Informed Delivery del Servicio Postal de Estados Unidos (USPS, por sus siglas en inglés). El USCIS recomienda esperar 30 días después de la aprobación de tu tarjeta EAD antes de enviar una consulta si no lo has recibido.





Puedes solicitar un número de seguro social (SSN) con tu formulario I-765


Aparte del permiso de trabajo, también necesitarás un Número de Seguro Social (SSN) para poder obtener empleo y para que tu empleador reporte tu salario al gobierno. Si ya has aplicado a un SSN, tu empleador puede usar el comprobante de la Administración del Seguro Social (SSA, por sus siglas en inglés). La buena noticia es que puedes solicitar un SSN y un permiso de trabajo de manera simultánea con el formulario I-765. 


Para hacerlo, debes indicar que quieres un SSN en la parte 2 del formulario. De esta manera recibirás un SSN 7 días después de haber recibido el permiso de trabajo. 


Si no recibes un SSN en este tiempo, debes visitar una oficina de la  SSA, donde también puedes aplicar para este documento si no solicitaste uno. Puedes encontrar una oficina SSA haciendo click aquí o llamando al 1-800-772-1213. 



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